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The struggle against Enforced Disappearnce and the 2007 United Nations Convention view details >>
Definición de víctimas de desaparición forzada

- IRIN
Un acto de desaparición forzada afecta a varios tipos de víctimas:
- La víctima material, que resulta privada de su libertad y con frecuencia sufre además la violación de su integridad personal, derecho a la vida y otros derechos humanos fundamentales (derecho a un juicio justo, al reconocimiento de su personalidad jurídica, libertad de pensamiento, religión, expresión y asociación, además de la prohibición general de discriminación en cualquier ámbito)
- Amigos y familiares de la víctima material, que sufren una forma de tratamiento inhumano y degradante debido al estado de angustia y el sufrimiento psicológico que experimentan, causados por la incertidumbre en cuanto a la suerte y paradero de sus seres queridos.
- Los mediadores que asisten a la víctima material y a sus familiares (defensores de los derechos humanos, abogados, juristas) que pueden sufrir a su vez acosos y amenazas además de violaciones a su integridad personal y derecho a la vida.
- La sociedad en su totalidad, que se sitúa en un clima de terror y es víctima de la violación del derecho a conocer la verdad en su dimension colectiva.
No obstante los instrumentos y tribunales internacionales no han establecido aún una normativa común sobre este asunto:
- La Declaración de las Naciones Unidas de 1992 habla en general de “víctimas de desaparición forzada y sus familias”, sin mayor aclaración de estos conceptos;
- La Convención Interamericana de 1994 no trata la cuestión de la identidad y naturaleza de las víctimas de desaparición forzada. Aún así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha contribuido grandemente con su jurisprudencia a aclarar este punto.
- La Convención de las Naciones Unidas de 2007 establece que el concepto de “víctima” se refiere tanto a la persona desaparecida como a cualquier individuo que haya sufrido daño como resultado directo de una desaparición forzada (por ejemplo, las familias)
Grupos sociales objeto de desapariciones

- IRIN
Algunos grupos sociales más vulnerables resultan particularmente afectados por el fenómeno de las desapariciones forzadas. En particular:
- Mujeres: en algunos países un objetivo específico de la práctica de la desaparición forzada fueron las mujeres embarazas, particularmente afectadas por el delito ya que se las forzó a vivir la experiencia traumática de la privación de libertad (en muchos casos seguida de torturas y tratamientos inhumanos y degradantes) y el aislamiento del mundo exterior en un momento tan delicado de su vida, temiendo por su vida y por la del hijo no nacido. Muchas de estas mujeres fueron obligadas a dar a luz en cautividad, en lugares en ínfimas condiciones higiénicas y sin ayuda médica. En muchos de estos casos, después de haber dado a luz, las mujeres vieron cómo los captores se llevaban a sus bebés para ser posteriormente arbitrariamente asesinadas. Además las mujeres son con frecuencia las esposas de los desaparecidos que representan el sostén económico de la familia.
- Niños: pueden ser tanto víctimas materiales como familiares de un desaparecido. En cualquiera de los dos casos los niños son particularmente vulnerables y el impacto de una experiencia tan enormemente traumática puede afectarles en su desarrollo posterior.
- Pueblos indígenas: miembros y en particular líderes de grupos indígenas han sido frecuentemente el objetivo de las desapariciones forzadas. En estos casos, por encima de otras violaciones graves, existe también una violación a su derechos culturales y religiosos y en muchas ocasiones las víctimas sufren también una grave violación de su identidad.
- Personas con discapacidades (disminuidos psíquicos o físicos): en algunos países las personas con discapacidades han venido siendo el objetivo de las desapariciones forzadas. Debido a su vulnerabilidad, el impacto y las consecuencias de las desapariciones, tanto en su faceta física como psicológica, pueden alcanzar una intensidad enorme.
- Activistas (defensores de los derechos humanos, activistas, politicos de la oposición, profesores y periodistas): este grupo de personas viene siendo con frecuencia otro objetivo común de las desapariciones forzadas en todo el mundo. En este caso no sólo se produce una violación de sus derechos a la libertad de expresión y de pensamiento político sino que todo el grupo o asociación en general al que pertenece pasa a vivir en un clima de terror que puede acarrear tratamiento inhumano como resultado de una intimidación directa que disturbe seriamente el desempeño de sus actividades normales.
Derechos de las víctimas
De acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas de 2007 (sin entrar aún en vigor), que es la máxima autoridad en este tema, las víctimas de desaparición forzada tienen varios derechos, en particular:
- Derecho a reparación: la compensación debe cubrir los daños físicos y psicológicos, las oportunidades perdidas incluyendo el empleo, daños materiales y pérdida de bienes incluyendo los potenciales, daños morales y costes derivados de la asistencia legal, servicios médicos y medicinas y servicios sociales y psicológicos.
- Derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición forzada, el progreso y los resultados de la investigación y la suerte corrida por la persona desaparecida.
- En caso de que la víctima material esté viva, ésta tiene derecho a una liberación inmediata e incondicional.
- En caso de que la víctima haya muerto, los familiares tienen derecho a que el gobierno busque, localice, respete, identifique y les devuelva los restos mortales.
- Derecho ejecutable a una compensación puntual, justa y adecuada, que debe incluir daños materiales y morales.
- Derecho a las medidas adecuadas que concedan bienestar social, asuntos financieros, legislación familiar y derechos de propiedad.
