Qué es la Corte Penal Internacional
La Corte Penal Internacional fue creada por el Estatuto de Roma y entró en vigencia el 1 de julio de 2002. Es una corte permanente compuesta de 18 jueces independientes y sus oficinas centrales están en La Haya, Los Países Bajos, aunque puede encontrarse en cualquier otro lugar. La función de la Corte es la de establecer las responsabilidades individuales por actos de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. La Corte ejercerá su jurisdicción cuando las autoridades nacionales no puedan o no deseen hacerlo.
Jurisdicción de la Corte Penal Internacional

- TPI en La Haya
Jurisdicción de la Corte Penal Internacional
La Corte Penal no es un sustituto del sistema judicial de cada país. Sólo investigará y procesará si un estado en concreto no está en situación de procesar o bien se niega a hacerlo. La base del ejercicio jurisdiccional es que el “estado territorial” (el estado o país en cuyos territorios ha tenido lugar la situación que está siendo investigada), o el “estado de la nacionalidad” (el estado cuya nacionalidad posee la persona que está siendo investigada) deben ser Estados Partes del Estatuto.
La Corte Penal puede ejercer su jurisdicción sobre actos de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra en tres instancias particulares:
- Por remisión del caso del Estado Parte a la Corte Penal;
- Por solicitud del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a la Corte Penal;
- Si el Fiscal ha decidido investigar un caso por iniciativa propia a partir de cierta información recibida.
Si un caso ha sido remitido por el Consejo de Seguridad, no importa si ese estado forma parte del Estatuto de Roma. Un estado también puede aceptar la jurisdicción de la Corte Penal en situaciones particulares aunque el mismo no sea Estado Parte del Estatuto de Roma.
Denunciar desapariciones forzadas a la Corte Penal Internacional

- Sala de juicios en el TPI en La Haya. Foto: AP
La Corte Penal tiene jurisdicción sobre genocidio, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad. En el Estatuto de Roma las desapariciones forzadas aparecen definidas como crímenes contra la humanidad. El Estatuto de Roma define las desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad, o lo que es lo mismo, crímenes contra la humanidad. La definición aparece en el Art. 7, párrafo 2.i. donde se puede leer lo siguiente:
”Por "desaparición forzada de personas" se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado”
Es importante observar que esta definición es diferente de la que aparece en la legislación sobre derechos humanos (la de la Convención Contra las Desapariciones Forzadas). Esto sucede porque el Estatuto de Roma tiene jurisdicción sobre las desapariciones forzadas en cuanto a establecer responsabilidad penal individual (mientras que la legislación sobre derechos humanos está enfocada a establecer responsabilidad gubernamental) y se centra en la desaparición forzada como crimen contra la humanidad.
Aunque esto no elude todos los posibles defectos de la definición, la sitúa en un contexto particular, a saber el del Derecho Penal internacional. Numerosas ONGs y organizaciones de familiares de víctimas han criticado esta definición por su vaguedad y la adición de una serie de elementos al delito (sobre todo la adición del elemento de intencionalidad).
Dónde presentar una denuncia
La Corte Penal Internacional es un último recurso. No actuará si el caso ha sido o está siendo investigado o juzgado por un sistema judicial nacional, excepto si los procedimientos nacionales no son justos.
La Oficina del Fiscal es uno de los cuatro órganos de la Corte Penal Internacional. Es responsable de recibir remisiones (denuncias) e información corroborada sobre crímenes de la competencia de la CPI. También examina las referencias y lleva a cabo investigaciones y actuaciones judiciales ante la CPI. Si hay una práctica generalizada y sistemática de las desapariciones forzadas en un país, es esencial presentar información a la Oficina del Fiscal CPI.
